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Guía actualizada a 2026

Permiso sanitario de operación del MINSA: requisitos para negocios de comida

Para operar un negocio de comida en Panamá necesitas una autorización sanitaria del Ministerio de Salud. Desde el 26 de febrero de 2026, el Decreto Ejecutivo 8 la divide en 2: los restaurantes y negocios de alto riesgo sacan una Licencia Sanitaria de Funcionamiento que dura 5 años, y las fondas, kioscos y ventas ambulantes una Constancia de Inspección Sanitaria que dura 3 años. En los 2 casos te piden por escrito cómo limpias y manejas la comida, y carné de salud para todo el que la toca.

Actualizado el 6 de octubre de 2026. Cada requisito lleva su fuente oficial.

Qué cambió en 2026

Durante años el trámite fue el Permiso Sanitario de Operación: se pedía en el centro de salud de la zona, lo regulaba el Decreto Ejecutivo 160 de 1998 y duraba 1 año[3]. En 2024, la Ley 430 creó la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria, dentro del MINSA[2], y en febrero de 2026 el Decreto Ejecutivo 8 reglamentó cómo se autorizan los negocios de comida[1].

El decreto nuevo no deroga de forma expresa el de 1998, y Panamá Digital todavía publica la ficha del permiso de 1 año. Por eso esta guía te muestra las 2 cosas: lo que pide la norma vigente y lo que pide la ficha anterior. Antes de presentar, confirma con la región de salud de tu zona cuál de los 2 te están tramitando.

¿Licencia o constancia? Cuál te toca

El decreto clasifica los negocios por riesgo. Si preparas platos, empacas o distribuyes, eres de alto riesgo y necesitas licencia. Si eres un negocio pequeño de preparación y venta, eres de bajo riesgo y necesitas constancia.

Tu negocioQué necesitasDuraArtículo del DE 8
Restaurantes y cocinas que preparan platosLicencia Sanitaria de Funcionamiento5 años71, numeral 6
Supermercados, minisúper y tiendas de convenienciaLicencia Sanitaria de Funcionamiento5 años71, numeral 7
Fábricas y negocios que procesan, empacan o distribuyen alimentosLicencia Sanitaria de Funcionamiento5 años71, numerales 2 y 3
Fondas, kioscos y refresqueríasConstancia de Inspección Sanitaria3 años92, numeral 1
Ventas ambulantes, ferias y mercadosConstancia de Inspección Sanitaria3 años92, numeral 1
Entrega a domicilio de comida listaConstancia de Inspección Sanitaria3 años92, numeral 3

Si tu caso queda entre 2 filas, por ejemplo una fonda que también reparte a domicilio, pregunta en la región de salud antes de presentar. La clasificación la decide la autoridad, no el nombre del local.

Requisitos de la Licencia Sanitaria de Funcionamiento

Es para restaurantes, cocinas, supermercados, minisúper y demás expendios de alto riesgo. Se pide en línea y estos son los documentos que exige el artículo 74 del decreto[1]:

Antes de abrir un local nuevo, la dirección hace una inspección para verificar infraestructura, equipos e higiene (artículo 78). La licencia dura 5 años (artículo 79), es personal e intransferible, y tiene que estar en un lugar visible al público (artículo 80). Para renovarla necesitas al menos 1 inspección al año y presentar esas actas (artículo 75).

Requisitos de la Constancia de Inspección Sanitaria

Es para fondas, kioscos, refresquerías, ventas ambulantes, ferias, mercados y entrega a domicilio. La emite el jefe regional de la dirección, dura 3 años y se renueva pidiéndola 60 días antes de que venza (artículo 91)[1]. Los requisitos del artículo 93:

Si te piden el permiso sanitario de operación de 1 año

Esta es la lista que publica Panamá Digital para el trámite del régimen anterior[3].

Primera vez

  • Registro Público de la empresa, notariado.
  • Planos de ubicación aprobados por el MINSA.
  • Estudio de impacto ambiental aprobado, solo si aplica.
  • Descripción de equipos y utensilios, y del proceso en un diagrama de pasos.
  • Informe oficial de inspección sanitaria satisfactoria.
  • Manual de buenas prácticas o programa de limpieza.

Renovación

  • Registro Público de la empresa, notariado.
  • Informe oficial de inspección sanitaria satisfactoria.
  • Informe de remodelaciones al local, solo si las hubo.
  • Manual de buenas prácticas o programa de limpieza.
  • Ampliación de actividades, solo si aplica.

La ficha específica para establecimientos de preparación y expendio de alimentos agrega la lista de manipuladores con copia de sus carnés y una solicitud de inspección al director médico del centro de salud con timbres fiscales por B/.4.00. Según esa ficha, el trámite toma unos 30 días si hay que programar la inspección[4].

Carné blanco y carné verde: lo que necesita tu personal

Todo el que manipula alimentos necesita carné, incluidos el dueño y el administrador (artículo 1)[6]. Son 2 carnés distintos:

Carné de buena salud (blanco)

Se saca en el centro de salud, con exámenes médicos. Se renueva cada año[7]. Si trabajas con lácteos o carnes, se agrega el examen de brucelosis.

Carné de manipulador (verde)

Se saca después del curso de manipulación de alimentos y dura 5 años, con un control de salud cada año[6]. En la Región Metropolitana cuesta B/.15.00 y piden 2 fotos, copia del carné blanco vigente y copia de la cédula[8].

Que alguien manipule alimentos sin carné es falta leve en el decreto de 2026 (artículo 125)[1].

Los manuales que te piden: buenas prácticas y limpieza

Son 2 documentos que dicen por escrito cómo trabaja tu local:

El Decreto Ejecutivo 352 de 2001 lista los 8 puntos que debe cubrir el programa de limpieza[10]:

  1. Agua segura: análisis del agua y un diagrama de dónde se toma.
  2. Superficies que tocan la comida: programa escrito de limpieza, con productos, concentraciones y un responsable.
  3. Contaminación cruzada: cómo evitas que lo crudo contamine lo cocido.
  4. Higiene del personal: las prácticas de higiene de quien trabaja con la comida.
  5. Protección de alimentos y empaques: evitar que se contaminen los productos y lo que se usa para empacarlos.
  6. Químicos: guardados bajo llave y con registro de uso.
  7. Salud del personal: carné de salud y de manipulador al día.
  8. Control de plagas: programa documentado, con mapa de trampas y un responsable.

Quién firma. Para la licencia, el manual de buenas prácticas y el de limpieza van firmados por el representante legal y por el profesional idóneo en ciencia y tecnología de alimentos que los elaboró[1]. Para la constancia, los procedimientos de limpieza los firma el representante legal.

Por qué no sirve una plantilla. El inspector compara el papel contra lo que ve en tu cocina. Un manual que describe procedimientos que en tu local no se hacen deja por escrito que no cumples. Y no aplicar los manuales es falta grave (artículo 125)[1].

Qué revisa el inspector

El MINSA usa un Acta de Inspección Sanitaria donde el inspector anota las deficiencias que encuentra, sus observaciones y su criterio técnico. No es una lista con puntaje: es un acta abierta, y te dejan una copia[11]. Para fondas, kioscos y ventas ambulantes, el Decreto Ejecutivo 157 de 2004 detalla lo que se puede revisar, y sirve de referencia para cualquier cocina[9]:

Qué revisanLo que pide la norma
Refrigeraciónentre 0 y 5 °C.
Congelaciónpor debajo de 0 °C.
Comida caliente en exhibiciónpor encima de 70 °C.
Aguaclorada, entre 0.8 y 1.5 mg por litro.
Lavado de utensiliosfregador de 3 compartimientos y desinfección con cloro a 50 ppm por 2 minutos.
Inventariolo primero que entra es lo primero que sale.
Facturas de proveedoresguardadas por lo menos 15 días.
Plagasprograma de control por escrito.

En el plano, el Decreto Ejecutivo 160 de 1998 pide que se vean el agua potable, la basura, el desagüe, los equipos y los baños para trabajadores y clientes (artículo 6)[5].

Las multas: cuánto arriesgas

La Ley 430 de 2024 fija multas de hasta B/.1,000,000 para las faltas de inocuidad alimentaria[2]:

Tipo de faltaMultaEjemplos del DE 8, artículo 125
LeveB/.100 a B/.10,000Personal sin carné, limpieza deficiente, dar información errónea en la inspección.
GraveB/.10,000Elaborar alimentos sin autorización, no aplicar los manuales de buenas prácticas y de limpieza.
GravísimaB/.100,000 a B/.1,000,000Las que ponen en peligro a la población, aunque no haya daño todavía.

Aparte, el Código Sanitario permite multas de B/.10 a B/.100,000, suspensión de actividades y clausura temporal o definitiva del local[12].

Paso a paso para sacarlo

  1. Saca el Aviso de Operación

    Con la actividad de alimentos incluida. Es la base de todo lo demás.

  2. Confirma la zonificación del local

    Con el municipio, si es la primera vez que abres en esa dirección.

  3. Pon al día los carnés de todo el personal

    El blanco y el verde, también el tuyo si tocas comida.

  4. Prepara los manuales del local

    El de buenas prácticas y el de limpieza y desinfección, escritos sobre tu operación real y firmados como pide la norma.

  5. Arma el plano o croquis y la lista de equipos

    Con cada área y lo que se hace en ella.

  6. Presenta la solicitud

    En el Sistema Integrado de Trámites si es licencia, o con nota al jefe regional si es constancia.

  7. Recibe la inspección

    El inspector anota en un acta lo que encuentra y lo que tienes que corregir.

  8. Pon la licencia a la vista del público

    La norma lo exige, y pide al menos 1 inspección al año para poder renovar.

¿Te falta el manual?

En InnovaSafe vamos a tu local, escribimos el manual de buenas prácticas, el programa de limpieza y los registros sobre tu operación real, y te los entregamos firmados por una tecnóloga de alimentos idónea. Ciudad de Panamá y alrededores, desde B/.500.

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Preguntas frecuentes

Depende de qué te toque. La Licencia Sanitaria de Funcionamiento de restaurantes y negocios de alto riesgo dura 5 años, y la Constancia de Inspección Sanitaria de fondas, kioscos y ventas ambulantes dura 3 años, según el Decreto Ejecutivo 8 de 2026. La ficha del Permiso Sanitario de Operación que todavía publica Panamá Digital, del régimen anterior, dice 1 año.
La licencia se pide en línea, en el Sistema Integrado de Trámites, ante la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria del MINSA. La constancia se pide con una nota al jefe regional de esa misma dirección. En el régimen anterior se tramitaba en el centro de salud que controla la zona del local.
El decreto de 2026 habla de una tasa por el trámite, pero no publica el monto. La ficha del régimen anterior en Panamá Digital pide timbres fiscales por B/.4.00 con la solicitud de inspección. A eso súmale los carnés del personal: el verde cuesta B/.15.00 según el MINSA.
Sí. La norma no usa la palabra food truck, pero el Decreto Ejecutivo 157 de 2004 define venta ambulante como la que se hace desde un carro, furgoneta o puesto desmontable, y el Decreto Ejecutivo 8 de 2026 pone las ventas ambulantes en el grupo que saca Constancia de Inspección Sanitaria. Además, el municipio decide dónde puedes ubicarte.
Sí, si tocas comida. El Decreto Ejecutivo 94 de 1997 exige el carné de manipulador a todos los que manipulan alimentos, incluidos propietarios y administradores. Y que alguien manipule alimentos sin carné es falta leve en el decreto de 2026.
Para la Licencia Sanitaria de Funcionamiento, el manual de buenas prácticas y el de limpieza deben ir firmados por el representante legal y por el profesional idóneo en ciencia y tecnología de alimentos que los elaboró. Para la constancia de fondas y kioscos basta la firma del representante legal en los procedimientos de limpieza.
Elaborar alimentos sin autorización y no aplicar los manuales de buenas prácticas y de limpieza son faltas graves en el Decreto Ejecutivo 8 de 2026. La Ley 430 de 2024 fija B/.10,000 de multa para las faltas graves, y de B/.100,000 a B/.1,000,000 para las gravísimas, además de la suspensión del establecimiento.
La norma pide al menos 1 inspección al año para renovar la licencia, y tienes que presentar esas actas cuando renuevas. Durante los 5 años la dirección puede hacer inspecciones periódicas según el nivel de riesgo de tu negocio.

Fuentes

Leímos cada norma en su texto oficial el 6 de octubre de 2026. Esta guía es informativa: no es asesoría legal ni reemplaza lo que te indique la autoridad sanitaria. InnovaSafe es una empresa privada y no forma parte del Ministerio de Salud.

  1. Decreto Ejecutivo 8 de 2026, que reglamenta la Ley 430 de 2024. Gaceta Oficial 30471-A, 26 de febrero de 2026. Ver documento
  2. Ley 430 de 25 de abril de 2024, que crea la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria. Gaceta Oficial 30018-B. Ver documento
  3. Panamá Digital, ficha del trámite "Permiso Sanitario de Operación". Ver documento
  4. Panamá Digital, ficha "Permiso Sanitario de Operación para Establecimientos de Preparación y Expendios de Alimentos". Ver documento
  5. Decreto Ejecutivo 160 de 1998, sobre el permiso sanitario de operación. Ver documento
  6. Decreto Ejecutivo 94 de 8 de abril de 1997, sobre el carné de manipulador de alimentos. Ver documento
  7. Panamá Digital, ficha del trámite "Carné de Salud". Ver documento
  8. MINSA, Región Metropolitana: carné de manipulador de alimentos y operario (24 de enero de 2025). Ver documento
  9. Decreto Ejecutivo 157 de 2004, sobre fondas, kioscos y ventas ambulantes. Ver documento
  10. Decreto Ejecutivo 352 de 2001, sobre procedimientos de limpieza (POES) y buenas prácticas. Ver documento
  11. Resolución del MINSA de 19 de mayo de 2017 que adopta el Acta de Inspección Sanitaria. Gaceta Oficial 28286-B. Ver documento
  12. Ley 40 de 16 de noviembre de 2006, que modifica los artículos 218, 219, 219-A y 222 del Código Sanitario. Gaceta Oficial 25674. Ver documento